La repatriación de un fallecido y las ayudas de la Embajada

Las embajadas de Guatemala en el exterior cuentan con fondos para los casos de repatriació de fallecidos de nacionalidad guatemalteca en el exterior.

Uno de los requisitos es demostar que no se disponen de fondos propios para esa repatración.
Mecanismo para acceder al fondo de repatriación de fallecidos:

Cuando una persona fallece en el exterior, los familiares, amigos o conocidos se pueden acercar al Consulado de Guatemala más cercano del país en donde se encuentre, para informar del fallecimiento, en caso la persona no cuente con suficientes fondos para repatriar a su familia o conocido puede pedir ayuda para repatriar los restos mortales, para lo cual deberá llenar una solicitud de ayuda en esa misión consular.

En caso de que el costo de la cotización sea muy elevado, la persona solicitante puede requerir de las autoridades del Consulado orientación e información sobre empresas funerarias de bajo costo.

El Ministerio de Relaciones Exteriores cuenta con un fondo para ayudar a familiares de connacionales que fallecen en el exterior el cual funciona de la siguiente manera:

1. La asignación monetaria del fondo tiene límites, es más elevada para los Estados del norte que para los Estados del Sur de los Estados Unidos de América.

2. El fondo es suplementario, el apoyo está dirigido a personas de escasos recursos económicos.

3. El pago se efectúa directamente a las funerarias, no se entrega a la familia del difunto.

4. Cuando las cotizaciones del servicio funerario es mayor a la asignación, la familia debe contribuir con parte del costo de la repatriación por lo que las cantidades podrían variar, dependiendo del lugar o Estado en el que solicite.

Adicionalmente a lo anterior, deberá presentar una cotización de la funeraria, la cual debe incluir:

1. Cotización del féretro
2. Costo de embalsamamiento
3. Transporte hacia Guatemala
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